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Preguntas Frecuentes - Fondos Mutuos ¿Qué son las cuotas de fondos mutuos?
Las cuotas son los aportes realizados por los partícipes que representan una participación en el patrimonio de un fondo mutuo. Las cuotas de cada serie son de igual valor y características entre sí. ¿Qué es la remuneración de fondos mutuos?
La remuneración corresponde a un porcentaje anual sobre el patrimonio cobrado por la administradora por concepto de administración. Esta remuneración es cobrada diariamente del valor de la cuota. ¿Qué son las comisiones de colocación?
Las comisiones son cobros que se realizan en caso de que un cliente rescate de un fondo mutuo antes del plazo mínimo de permanencia estipulado para dicho fondo. ¿Cuáles son las ventajas de invertir en fondos mutuos?
Los fondos mutuos tienen varias ventajas, entre las que se pueden mencionar:
- Liquidez: se pueden retirar los fondos desde 24 horas en el momento que desee y sin límite de veces.
- Diversificación: amplia variedad de fondos e instrumentos, lo que reduce el riesgo sin sacrificar los retornos.
- Productos Ad Hoc: permite encontrar el fondo más adecuado según las necesidades y preferencias.
- Sin Vencimientos: las inversiones en fondos mutuos no se deben renovar y el rescate lo hace usted cuando lo estime necesario.
- Accesibilidad: se puede invertir desde pequeños montos a sofisticados productos de inversión.
- Administración Profesional: los fondos mutuos son manejados por un grupo de especialistas expertos en la administración de recursos de terceros.
- Beneficios Tributarios: los fondos mutuos generan efectos tributarios sólo al momento del rescate.
- Comodidad y Ahorro de Tiempo: se puede invertir en cualquiera de las sucursales de CorpBanca a lo largo de todo Chile, por Internet en www.corpbanca.cl y a través de un ahorro sistemático (PAI) con cargo a su cuenta corriente CorpBanca.
¿En qué consiste el plan familia de fondos?
Consiste en un sistema que permite cambiarse a otro fondo mutuo dentro del mismo grupo, exento de pago de comisiones en caso de existir y manteniéndose la permanencia original. ¿Todos los fondos tienen el mismo nivel de riesgo?
No, para poder satisfacer las necesidades de cada persona, tenemos diferentes fondos con inversiones en diferentes instrumentos. Dependiendo en que instrumentos invierte el fondo y de su Política de Inversiones que aparece en el reglamento interno es el riesgo que va a tener. A mayor riesgo, mayor rentabilidad. ¿Cuál es el monto mínimo para invertir?
El monto mínimo para invertir es $1.000 ¿Cómo invertir en fondos mutuos?
- A través de un Ejecutivo - A través de nuestra página web www.corpbanca.cl - Mediante Ahorro Sistemático (PAI) ¿En cuántos días se pagan los rescates?
Los rescates se pagan dependiendo del tipo de fondo. Los fondos de deuda se pagan en 1día hábil, los de capitalización nacional en 3 días hábiles y el resto de los fondos de capitalización en 4 días hábiles. ¿Cómo tributan los fondos mutuos?
Los fondos mutuos sólo generan obligaciones tributarias al momento del rescate. Si el valor de la cuota al rescate, actualizado por IPC, es inferior a 30 UTM, no se pagan impuestos. ¿Los fondos mutuos tienen beneficios tributarios?
- 57 BIS: Es un beneficio optativo por el partícipe a utilizar como crédito contra el impuesto Global Complementario o Impuesto Único de Segunda Categoría, el cual le da derecho a invocar un crédito fiscal por el Ahorro Neto Positivo. Los contribuyentes acogidos a este beneficio podrán descontar de su declaración de impuesto anual a la renta, un 15% del Ahorro Neto Positivo utilizado en el ejercicio.
- Artículo 107: Beneficio inherente a un fondo que exime del pago de impuestos para los partícipes que invierten en un fondo mutuo de capitalización nacional y que en su reglamento interno indique que su objetivo es acogerse al artículo 107 de la Ley de la Renta y que reparte los dividendos recibidos por las acciones en cartera.
- Artículo 108: permite al partícipe cambiarse de fondo o de cuentas sin generar efectos tributarios.
El partícipe sólo puede hacer uso de un Beneficio Tributario. ¿Cómo obtener clave de consulta para Internet?
Para clientes con cuenta corriente de Banco CorpBanca, sirve la misma clave que para el resto de los productos. Aquellos clientes que no son clientes de nuestro Banco, deben llamar al 600 370 3600 y obtendrá su clave de acceso. ¿Cómo puedo invertir a través de Internet?
Si eres cliente CorpBanca, ingresas a www.corpbanca.cl y con la misma clave que usas para tu cuenta corriente ingresas a la sección de inversiones y eliges el fondo y monto por el cual deseas invertir. Si no eres cliente CorpBanca y no tienes clave de internet, debes llamar al 600 370 3600 y obtendrá su clave de acceso. Debes entrar a www.corpbanca.cl, firmar el contrato general de fondos a través del sitio, ingresar la solicitud de inversión y luego desde tu cuenta corriente en otro Banco hacer una transferencia a CorpBanca Administradora General de Fondos, rut 96.513.630-4, cta. n°35561036, enviando el comprobante de transferencia a ffmmonline@corpbanca.cl Cuando la administradora haya recibido los fondos te enviará un comprobante por email de que la inversión ha sido efectivamente cursada. Para invertir en internet solo debes tener el Contrato General de Fondos firmado. ¿Qué es el PAI?
Es el pago automático de inversión. A través de un cargo mensual en la cuenta corriente de CorpBanca se puede invertir un monto determinado por el cliente. El PAI se puede realizar en todos los fondos que la Administradora posee a excepción de los fondos mutuos Corp Selecto Global, Corp Oportunidad y Corp Oportunidad Dólar. ¿Qué es el Contrato General de Fondos?
Es un contrato entre la Administradora y el partícipe, el cual establece las condiciones que regirán la relación entre ambos en relación a los aportes que estos últimos realicen. A partir del 05 de Septiembre la SVS obliga a todos los partícipes de Fondos Mutuos a firmar este contrato para hacer cualquier operación en fondos mutuos. ¿Hasta qué hora puedo hacer operaciones?
En sucursales se puede operar hasta las 14:00 hrs. Por internet con cargo a la cuenta CorpBanca, hasta las 14:00 hrs. para que la operación quedé vigente en el día. Después de las 14:00 hrs., quedará vigente al día hábil bancario siguiente. Las inversiones por internet desde otros Bancos quedaran vigentes en el día si fueron ingresadas y pagadas antes de las 14:00 hrs. Las inversiones que fueron ingresadas antes de las 14:00 hrs., pero no fueron pagadas quedaran nulas. Las inversiones que fueron ingresadas después de las 14:00 hrs., tienen hasta las 14:00 hrs. del día hábil siguiente para ser canceladas y quedar así vigentes a este último día.
Preguntas Frecuentes - Fondos Mutuos con APV ¿Cuáles son los beneficios de hacer AHORRO PREVISIONAL VOLUNTARIO (APV)?
Al hacer APV está ahorrando para su futura jubilación por lo que le permitirá una mejor pensión, podrá adelantar la edad para pensionarse, esto lo podrá hacer cuando el monto acumulado para pensión sea el 70% o más de la renta imponible promedio de los últimos 10 años ajustada por IPC y 150% de la pensión mínima estatal. Puede generar Excedentes de Libre Disposición (ELD) y retirarlos una vez pensionado; está disponible para eventualidades como cesantía. Puede recibir Bonificación estatal (A) y/o Rebaja Tributaria (B). Además El APV es inembargable mientras permanezca como tal y en caso de fallecer sin beneficiarios los herederos tienen exentos de impuestos hasta UF 4.000. ¿Quienes pueden hacer APV?
- Pueden hacer APV todos los trabajadores dependientes o independientes que realizan cotizaciones previsionales en una AFP o en el INP.
¿Quienes no pueden hacer APV?
- Empresarios Individuales
- Directores de Sociedades Anónimas
- Trabajadores técnicos extranjeros
- Personas que cotizan en Capredena
¿Como puedo mejorar el monto de la pensión?
Haciendo APV dado que para el cálculo de la pensión se consideran las cotizaciones obligatorias + APV que la persona haya reunido al momento de pensionarse. ¿De donde provienen los fondos que van a constituir pensión?
Para ahorro de pensión se considera el 10% de las cotizaciones obligatorias con renta tope legal de UF 66 mensuales reajustadas según la variación del Índice de Remuneraciones Reales, más todo el ahorro previsional voluntario, APV, que la persona haya realizado. ¿Se puede retirar el APV antes de pensionarse?
El objetivo final del APV es ahorrar para el momento de jubilar, sin embargo ante eventualidades se puede retirar, considerando que: Los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, acogidos a rebaja tributaria ( B) al retirar tiene una retención del 15% que va como crédito al global complementario más un impuesto adicional que está entre el 3% y 7%, lo que va a depender del monto del retiro y de la tasa afecta al global complementario. Los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, acogidos a bonificación estatal (A), por el monto afecto a retiro, se devuelve al Estado la bonificación estatal del 15%. Depósitos convenidos NO se pueden retirar antes de pensionarse. ¿Cúal es el beneficio tributario (B) al hacer APV?
Este beneficio permite ahorrar en APV y rebajar de la base tributable hasta UF 600 anuales. Si lo realiza vía empleador puede rebajar mensualmente hasta un tope de 50 UF mensuales y recibe el ahorro de impuestos cada mes. Si como trabajador hace aportes directos, a través de PAC o en la cuenta de APV de la AGF, tiene la rebaja tributaria o devolución de impuestos cuando ejecute la Operación renta del año correspondiente y calcule el impuesto a pagar en el Global Complementario. ¿Que son Excedentes de Libre Disposición (ELD)?
El Excedente de Libre Disposición es el saldo remanente en la cuenta de capitalización individual después de calcular y descontar la pensión a recibir y que queda a disposición del afiliado para los usos que estime conveniente. ¿Todas las alternativas de APV pueden formar parte del ELD?
Si, pueden formar parte del ELD los Depósitos de ahorro previsional voluntario, Cotizaciones voluntarias, Ahorro previsional voluntario colectivo y Depósitos convenidos. ¿Que beneficios tributarios tiene el ELD?
Al momento pensionarse, el ELD, proveniente de aportes de Depósitos de ahorro previsional voluntario, Cotizaciones voluntarias y Ahorro previsional voluntario colectivo que hayan sido aportados al menos con 48 meses de anticipación a la fecha de determinación del excedente de libre disposición, podrá ser retirado libre de impuesto, bajo cualquiera de las dos formas o modalidades que se indican a continuación:
- El afiliado cada año podrá retirar, libre de impuesto, como ELD, una cantidad inferior o igual a 200 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) hasta completar la suma máxima total de 1.200 UTM. Lo anterior significa que si el afiliado opta por retirar cada año la suma de 200 UTM, el límite máximo de 1.200 UTM lo completará en 6 años consecutivos. Si opta por retirar una suma inferior a 200 UTM, el límite máximo de 1200 UTM se completará en un número superior a 6 años.
- La otra alternativa es que el afiliado opte por retirar, libre de impuesto y por una sola vez, la suma máxima de 800 UTM. Los excesos de retiros sobre la modalidad escogida se gravarán con el Impuesto Global Complementario.
Los Depósitos Convenidos pueden ser ELD, pero a su retiro siempre van al Global Complementario. ¿Se Puede traspasar el APV desde y hacia otras entidades administradoras de APV?
Si. Se pueden hacer Traspasos Parciales o Totales desde y hacia todas las entidades que administran APV. No están afectas a ninguna comisión. Tampoco este movimiento paga impuestos, dado que se trata de un Traspaso y no un Rescate de fondos. ¿Que alternativas y como se invierte el APV en CorpBanca AGF?
En CorpBanca Fondos Mutuos puede realizar Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario y/o Depósitos Convenidos que se invierten en nuestros Fondos Mutuos en la serie alfa, que es exclusiva para APV. ¿Qué es Cotización Voluntaria?
Cotización Voluntaria es la misma alternativa de APV que Depósito de Ahorro Previsional Voluntario, el cambio de nombre diferencia si se realiza en AFP (Cotización Voluntaria) o en alguna de las otras Instituciones autorizadas para administrar APV (Depósito de Ahorro Previsional Voluntario) ¿Cuáles son las entidades autorizadas para administrar APV?
Las AFP tuvieron la exclusividad de administrar APV hasta el año 2001, el año 2002, con la primera reforma al mercado de capitales se autorizó a otras Instituciones Autorizadas para hacerlo y son: Bancos e Instituciones Financieras, Administradoras de Fondos Mutuos, Compañías de Seguros, Fondos de Inversión y Fondos para la Vivienda. ¿Qué es el Depósito Convenido?
El Depósito Convenido es una alternativa de realizar APV. Sus características son que el dinero que invierte el trabajador en APV lo realiza través del empleador, tiene un monto límite anual de UF 900, no pasa por la remuneración por lo tanto no paga impuestos, no se puede retirar antes de pensionarse; puede formar parte de los excedentes de libre disposición al pensionarse pero su retiro siempre pagará el impuesto Global Complementario. ¿Qué es la Bonificación Estatal en APV?
Desde el 1 de octubre de 2008, el estado bonifica en un 15% anual los ahorros voluntarios de APV (Cotización Voluntaria, Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, Ahorro Previsional Voluntario Colectivo) con el fin de incentivar a los trabajadores que están exentos de pago de impuestos o tributan hasta el tramo del 15% aprox. a ahorrar y mejorar su futura pensión. La bonificación tiene un tope de 6 UTM al año y bonifica hasta por un monto de APV que en el año no supere 10 cotizaciones obligatorias. ¿La cuenta de ahorro voluntario o cuenta 2 es APV?
La cuenta 2 no es APV, no tiene las condiciones ni beneficios del ahorro previsional voluntario. La cuenta 2 solo existe en AFP, es una cuenta de ahorro voluntario, que tiene un monto y un máximo de giros al año, puede invertir el ahorro hasta en dos de los cinco multifondos y puede elegir entre 2 regímenes tributarios: 1.- régimen general donde tributa por la rentabilidad real de sus retiros que excedan 30 UTM anuales ( 30 UTM =exentos de pago de impuestos). 2.- régimen 57 bis, que si al momento de pensionarse traspasa dinero desde la Cuenta 2 hacia su Cuenta Obligatoria, no se considera giro, por lo tanto, el monto traspasado no generará Saldos de Ahorro Neto Negativo y usted mantendrá el 15% de crédito. ¿Qué institución regula, resguarda y supervisa el APV?
Las entidades que administran APV son reguladas y supervisadas por tres Superintendencias: Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) son supervisadas por la Superintendencia de AFP. Las Administradoras de Fondos Mutuos, de Fondos de Inversión, de Fondos para la Vivienda, Compañías de Seguros de Vida e Intermediarios de Valores, son supervisados por la Superintendencia de Valores y Seguros y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras ¿Cómo es el pago de cotizaciones obligatorias para los trabajadores independientes?
Actualmente (2010) el pago de cotizaciones obligatorias para independientes es voluntario y se calculan sobre una renta tope legal de UF 64.7 mensuales. Desde el 2012 será obligatorio afiliarse al sistema de pensiones, cambio que se hará gradualmente, e involucrará a todos los trabajadores independientes que otorguen boleta de honorarios por sus servicios. Etapas
- Desde el 1 de enero de 2012, deberán pagar cotizaciones previsionales por el 40% de su renta, salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario
- Desde enero de 2013 por el 70% salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario
- Desde enero de 2014 el 100%.salvo que en forma expresa manifiesten lo contrario
- Desde el 1 de enero de 2015 en adelante, será obligatorio cotizar sobre el 100% de la renta imponible, sin excepciones
- Y desde el 2018 deberán realizar cotizaciones de salud
Monto a imponer: Se establece como renta imponible el 80% del total de rentas brutas que tributan de acuerdo al artículo 42 Nº2 de la Ley de Impuesto a la Renta. El monto imponible no podrá ser menor a un ingreso mínimo mensual ni mayor a UF 66.
- El monto anual a pagar será establecido por el Servicio de Impuestos Internos
- De manera opcional, los trabajadores independientes podrán pagar mensualmente sus cotizaciones de acuerdo a rentas presuntas
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